Bufete Jurídico López Thomas

Un Bufete Jurídico diferente

Proceso Acusatorio en la costa, un reto.

El 9 de mayo de 2012, entró en vigor el acuerdo dictado por el Pleno del Honorable Tribunal Superior de Justicia en el estado de Oaxaca, con motivo de la entrada en vigor del sistema procesal Acusatorio Adversarial en la región de la Costa, aprobando la creación de tres Juzgados de Garantía y un Tribunal de Juicio Oral, localizados en Pochutla, Puerto Escondido y Pinotepa Nacional.

Si te interesa, sigue leyendo…

Sres. Diputados tienen en sus manos que la sociedad crea en sus Instituciones.

Tengo entendido que el día miércoles 9 de mayo del año 2012, se celebrará la sesión de pleno de la Cámara de Diputados del estado de Oaxaca, para que en primer lugar la Comisión de Derechos Humanos proponga la terna que contiene el nombre de las personas que son candidatos a ocupar la titularidad de la Defensoría de los Derechos Humanos del pueblo de Oaxaca; y una vez hecho esto someterlo a votación ante dicha asamblea de representación popular para que por una mayoría calificada de las dos terceras partes de sus integrantes se designe al titular de dicho órgano autónomo.

Si te interesa, sigue leyendo…

Controversia Constitucional promovida por Oaxaca.

Estamos concluyendo una semana penosa tanto para nuestra entidad federativa, la zona de los Chimalapas así como para los abogados Oaxaqueños, ya que el dos de mayo del año en curso dos mil doce, fueron resueltos por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación los recursos de reclamación números 5/2012-CA, 6/2012-CA y 7/2012-CA provenientes de los proveídos de fecha dos de febrero del año dos mil doce dictados por el Ministro instructor Jorge Mario Pardo Rebolledo en las controversias constitucionales 3/2012, 4/2012 y 5/2012, promovidos por dos municipios de nuestra entidad y el mismo Gobierno del estado de Oaxaca en contra de los poderes del estado vecino Chiapas por la creación de un nuevo municipio denominado “Belisario Domínguez”  en el territorio Oaxaqueño Zoque – Chimalapa, lo cual bien, vale un análisis.

Si te interesa, sigue leyendo…

Dr. Rubén Vasconcelos Méndez. Tres cualidades.

Mi comentario de esta semana, versará sobre la noticia de que el Dr. Rubén Vasconcelos Méndez compareció el día 22 de marzo de 2012, ante el Congreso del estado de Oaxaca; presentando su solicitud para contender a la titularidad de la Defensoría de los Derechos Humanos del  Pueblo de Oaxaca, por mi parte, deseo fervientemente que el Congreso citado apruebe dicho nombramiento, ya que no solo por conocer al Doctor Rubén y unirme con el una amistad, hago el comentario expreso de que sería un digno defensor de estos derechos para apoyar a través de este Organismo Público Autónomo a quien se viera afectado en los mismos por un mal proceder de la autoridad; ya que a mi parecer reúne tres principales características, entre tantas que posee, siendo estas:
Si te interesa, sigue leyendo…

Formula Miranda y caso Cassez

Si usted ha visto y oído en alguna película o serie policiaca (norteamericana) que en el momento de la detención de una persona los detectives aprehensores al momento de ejecutar está, le dicen lo siguiente: “usted tiene el derecho a guardar silencio; cualquier cosa que diga podrá ser utilizada en un tribunal en contra suya; así como nombrar un abogado”, quiero comentarle que no es un texto o parlamento de un guion, sino que es una formula jurídica como su nombre lo dice, cuyo origen lo tuvo el caso criminal denominado “Miranda contra Arizona” en la Corte Suprema de Estados Unidos de América en los años sesentas, concretamente aceptada la jurisdicción suprema con el número 759, sostenida del 28 de febrero al 1º. de marzo del año de 1966 y resuelto el 13 de junio de ese mismo año, que ha sido el caso de aplicación de la ley que jamás había sido dictado por ese máximo tribunal en materia procesal penal, pues, afectó a partir de que se emitió la sentencia respectiva los procedimientos de detención de todas las personas, siendo su columna vertebral que cuando se detiene a una persona por la comisión de un delito por una autoridad, se le debe de advertir antes de cualquier interrogatorio que tiene la garantía a guardar silencio, que cualquier cosa que diga puede ser usado en su contra en un Tribunal de Justicia, que tiene el derecho a nombrar un abogado, y que si no puede pagarlo el estado le designara uno.

Si te interesa, sigue leyendo…

Caso Cassez

Me permito emitir una opinión respecto al comentado caso de la francesa Florence Marie Louise Cassez Crepin por el proyecto de resolución presentado por el ministro ponente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea  en el amparo directo en revisión número 517/2011 de la primera sala de nuestro máximo tribunal, lo anterior porque he observado el cúmulo de comentarios y críticas en contra de dicho proyecto – sujeto a aprobación– lo anterior me hizo surgir la inquietud de realizar un comentario jurídico al respecto.

Si te interesa, sigue leyendo…